Desde el 10 de febrero, comienzan los plazos límite para la entrega del Reporte de Beneficiarios Finales y de Composición Societaria – REBEFICS. Los lineamientos del presente informe se encuentran en la Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000033.
1. Sujetos obligados
Las sociedades, las sucursales de sociedades extranjeras residentes y los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no residentes. Adicionalmente, las estructuras y personas jurídicas de conformidad con la Resolución NACDGERCGC22-00000046.
Para el caso de un fideicomiso, trust o figuras similares, constituido de acuerdo con fuentes del derecho extranjero, está obligado el fiduciario o administrador que sea residente. En el caso de que el fiduciario no sea residente, está obligado el fideicomitente o constituyente, el constituyente adherente y el fideicomisario o beneficiarios, que sean residentes.
2.La estructura del Reporte de Beneficiarios Finales y de la Composición Societaria REBEFICS
El reporte se compone de dos secciones, la primera comprende la composición accionaria y la segunda corresponde a la identificación de beneficiarios finales.
De manera general, los sujetos obligados deberán informar el 100% de sus titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital, miembros de directorio, personas con poder de decisión o control, apoderados generales y administradores.
3. Niveles de la composición societaria
Primer nivel: la relación directa del sujeto obligado con sus titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital.
Segundo, tercer o el nivel que corresponda: la relación indirecta existente entre el sujeto obligado con sus titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital.
En general, la información a reportar corresponde únicamente al primer nivel de la composición societaria, salvo cuando los titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital, las personas con poder de decisión o control del sujeto obligado, sean sociedades no residentes.
4. Beneficiarios
Se identificarán como beneficiarios finales de los sujetos obligados, a aquellos que se identifiquen bajo los criterios de la Resolución NAC DGERCGC22-00000046:
a. En el caso de una persona jurídica que no sea fideicomiso:
– Toda persona natural que posea como mínimo el diez por ciento (10%) del capital.
– Toda persona natural que actúe como una unidad de decisión.
– Toda persona natural encargada de tomar decisiones estratégicas.
b. En el caso de fideicomisos:
Se considerarán al fideicomitente o constituyente, constituyente adherente, fiduciario, fideicomisario, beneficiario o parte del grupo de beneficiarios, y a cualquier otra persona natural que ejerza el control efectivo.
5. Excepciones
No estarán obligados a presentar la información requerida:
a) Las sucesiones indivisas
b) Los organismos, dependencias, entidades y las personas jurídicas del sector público
c) Las empresas públicas
d) Las misiones y organismos internacionales
e) Las organizaciones comunitarias del agua. Sin embargo, deberán reportar la información de la segunda sección de la presente Resolución.
6. Plazos de entrega
| Noveno dígito del RUC | Fecha máxima |
| 1 | 10 febrero 2025 |
| 2 | 12 febrero 2025 |
| 3 | 14 febrero 2025 |
| 4 | 16 febrero 2025 |
| 5 | 18 febrero 2025 |
| 6 | 20 febrero 2025 |
| 7 | 22 febrero 2025 |
| 8 | 24 febrero 2025 |
| 9 | 26 febrero 2025 |
| 0 | 28 febrero 2025 |
BASE LEGAL
Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000033, Servicio de Rentas Internas, el 17 de septiembre de 2024.
Resolución NACDGERCGC22-00000046. Servicio de Rentas Internas, el 27 de septiembre de 2022. Servicio de Rentas Internas, el 17 de septiembre de 2024.
Visualice la Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000033 en el siguiente enlace 👉 https://acortar.link/EZLD6d