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Condiciones, plazos y excepciones del Reporte de Beneficiarios Finales y de Composición Societaria – REBEFICS

Desde el 10 de febrero, comienzan los plazos límite para la entrega del Reporte de Beneficiarios Finales y de Composición Societaria – REBEFICS. Los lineamientos del presente informe se encuentran en la Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000033.

1. Sujetos obligados

Las sociedades, las sucursales de sociedades extranjeras residentes y los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no residentes. Adicionalmente, las estructuras y personas jurídicas de conformidad con la Resolución NACDGERCGC22-00000046.

Para el caso de un fideicomiso, trust o figuras similares, constituido de acuerdo con fuentes del derecho extranjero, está obligado el fiduciario o administrador que sea residente. En el caso de que el fiduciario no sea residente, está obligado el fideicomitente o constituyente, el constituyente adherente y el fideicomisario o beneficiarios, que sean residentes.

2.La estructura del Reporte de Beneficiarios Finales y de la Composición Societaria REBEFICS

El reporte se compone de dos secciones, la primera comprende la composición accionaria y la segunda corresponde a la identificación de beneficiarios finales.

De manera general, los sujetos obligados deberán informar el 100% de sus titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital, miembros de directorio, personas con poder de decisión o control, apoderados generales y administradores.

3. Niveles de la composición societaria

Primer nivel: la relación directa del sujeto obligado con sus titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital.

Segundo, tercer o el nivel que corresponda: la relación indirecta existente entre el sujeto obligado con sus titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital.

En general, la información a reportar corresponde únicamente al primer nivel de la composición societaria, salvo cuando los titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital, las personas con poder de decisión o control del sujeto obligado, sean sociedades no residentes.

4. Beneficiarios

Se identificarán como beneficiarios finales de los sujetos obligados, a aquellos que se identifiquen bajo los criterios de la Resolución NAC DGERCGC22-00000046:

a. En el caso de una persona jurídica que no sea fideicomiso:

–  Toda persona natural que posea como mínimo el diez por ciento (10%) del capital.

– Toda persona natural que actúe como una unidad de decisión.

– Toda persona natural encargada de tomar decisiones estratégicas.

b. En el caso de fideicomisos:

Se considerarán al fideicomitente o constituyente, constituyente adherente, fiduciario, fideicomisario, beneficiario o parte del grupo de beneficiarios, y a cualquier otra persona natural que ejerza el control efectivo.

5. Excepciones

No estarán obligados a presentar la información requerida:

a) Las sucesiones indivisas

b) Los organismos, dependencias, entidades y las personas jurídicas del sector público

c) Las empresas públicas

d) Las misiones y organismos internacionales

e) Las organizaciones comunitarias del agua. Sin embargo, deberán reportar la información de la segunda sección de la presente Resolución.

6. Plazos de entrega

Noveno dígito del RUCFecha máxima
110 febrero 2025
212 febrero 2025
314 febrero 2025
416 febrero 2025
518 febrero 2025
620 febrero 2025
722 febrero 2025
824 febrero 2025
926 febrero 2025
028 febrero 2025

BASE LEGAL

Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000033, Servicio de Rentas Internas, el 17 de septiembre de 2024.

Resolución NACDGERCGC22-00000046. Servicio de Rentas Internas, el 27 de septiembre de 2022. Servicio de Rentas Internas, el 17 de septiembre de 2024.

Visualice la Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000033 en el siguiente enlace 👉  https://acortar.link/EZLD6d

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