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Ecuador implementa mecanismo para restringir importaciones vinculadas a trabajo forzoso

El Comité de Comercio Exterior (COMEX) expidió la Resolución No. 005-2026, mediante la cual se aprueba un nuevo mecanismo orientado a prevenir, investigar y restringir la importación de mercancías producidas total o parcialmente mediante trabajo forzoso.

La medida marca un cambio relevante dentro de la política comercial ecuatoriana, incorporando criterios de derechos humanos y debida diligencia en el análisis de operaciones de comercio exterior, en línea con tendencias regulatorias internacionales impulsadas por organismos como la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como por regulaciones adoptadas recientemente en la Unión Europea, Estados Unidos y México.

La resolución prohíbe el ingreso al país de mercancías respecto de las cuales exista evidencia razonable de haber sido producidas mediante trabajo forzoso en cualquier fase de su cadena de suministro.

Para la aplicación de este mecanismo, se crea el “Equipo Técnico Interinstitucional para la ejecución del mecanismo para la Restricción de Importaciones de Mercancías Producidas con Trabajo Forzoso” (ETITF), integrado por representantes del Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones, SENAE, Ministerio del Trabajo y la Secretaría Técnica del COMEX.

Este equipo tendrá facultades para investigar mercancías importadas, solicitar información a operadores económicos, analizar cadenas de suministro, recabar información nacional e internacional y emitir informes técnicos que servirán de base para eventuales restricciones o prohibiciones de importación.

Uno de los aspectos más relevantes de la resolución es que las investigaciones podrán iniciarse no solo por denuncia de parte interesada, sino también de oficio, cuando existan indicios razonables sobre la posible utilización de trabajo forzoso.

La normativa adopta como referencia los indicadores desarrollados por la OIT, incluyendo prácticas como retención de salarios, amenazas, servidumbre por deudas, abuso de vulnerabilidad, violencia o retención de documentos de identidad.

Desde una perspectiva operativa, la resolución introduce un nuevo nivel de análisis dentro de las operaciones de importación, donde ya no bastará únicamente con cumplir requisitos aduaneros y documentales, sino que también comenzará a cobrar relevancia la trazabilidad y el origen ético de las cadenas de producción.

En este contexto, la medida refleja una evolución del comercio internacional hacia esquemas de mayor control sobre sostenibilidad, compliance y derechos humanos, alineando al Ecuador con estándares regulatorios que empiezan a transformar progresivamente las dinámicas globales de importación y abastecimiento.

Descargue aquí la Resolución COMEX No. 005-2026 y conozca el texto completo del mecanismo aprobado: https://1drv.ms/b/c/44df274dfb8d41a4/IQC2r3zeJrstRaaptMBnOESdAU-9htPmHe5zGY1A3bSNkTc?e=Pxf0xy

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