El SRI declara reservada la información relacionada con el Sistema Integral de Trazabilidad y Control Fiscal

gsiteam

julio 15, 2026

El Servicio de Rentas Internas emitió la Resolución NAC-DGERCGC26-00000025, mediante la cual clasifica como reservada la información vinculada con el Sistema Integral de Trazabilidad y Control Fiscal de Bienes y Servicios.

Esta resolución no crea un nuevo impuesto ni establece una obligación directa para los contribuyentes. Su finalidad es regular el acceso a determinada información pública que, por su naturaleza técnica, operativa y estratégica, requiere un tratamiento reservado.

La información clasificada como reservada comprende los actos administrativos, documentación, fases del proceso de contratación y ejecución relacionados con el Sistema Integral de Trazabilidad y Control Fiscal de Bienes y Servicios. En términos prácticos, se trata de información vinculada con mecanismos de identificación, marcación, autenticación, rastreo y trazabilidad fiscal.

El fundamento de la resolución se encuentra en la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley de Seguridad Pública y del Estado, la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento. El SRI sostiene que la reserva se justifica por razones de seguridad pública, control tributario y protección de información sensible vinculada con sectores de alto impacto fiscal.

Uno de los elementos centrales de la resolución es que la información relacionada con este sistema podría tener incidencia en la prevención, detección y combate del contrabando, el comercio ilícito, el lavado de activos, el financiamiento de delitos y otras conductas que afectan tanto a la recaudación como a la seguridad del Estado.

En ese sentido, el SRI considera que la divulgación anticipada o no autorizada de información técnica u operativa podría permitir que actores externos conozcan los mecanismos de control, trazabilidad y verificación, afectando la eficacia del sistema y debilitando su finalidad preventiva.

La resolución también recoge el criterio del Ministerio del Interior, que coincide en que la información relacionada con todas las etapas del proceso de contratación del sistema de trazabilidad debe ser clasificada como reservada por razones de seguridad pública. No obstante, se aclara que la clasificación de la información corresponde al SRI, como entidad competente y responsable del proceso.

La reserva tendrá una duración de diez años, sin perjuicio de que pueda ampliarse hasta por cinco años adicionales, siempre que se mantengan y justifiquen las causas que originaron la clasificación. Además, la norma establece que los servidores públicos que tengan acceso a esta información estarán obligados a custodiarla y mantener su reserva, pudiendo generarse responsabilidad administrativa, civil o penal en caso de incumplimiento.

Un punto importante es que la reserva no será oponible a los órganos de control en el ejercicio de sus competencias. Esto significa que la información no será de acceso público general, pero sí podrá ser revisada por las entidades competentes cuando corresponda legalmente.

También se establece una excepción específica: la información reservada que se refiera al propio oferente adjudicado podrá ser entregada cuando sea solicitada directamente por este, su apoderado o representante legal debidamente legitimado.

Desde GSI consideramos que esta resolución refleja una tensión cada vez más relevante entre transparencia pública y protección de información sensible. Si bien la regla general en materia pública es el acceso a la información, existen casos en los que la reserva puede justificarse cuando se busca proteger mecanismos de control fiscal, seguridad pública e intereses estratégicos del Estado.

El punto clave está en que la reserva debe ser excepcional, motivada, proporcional y limitada en el tiempo. Por ello, su aplicación debe ser cuidadosamente administrada para evitar que una medida legítima de protección se convierta en una restricción injustificada al acceso a la información pública.

En conclusión, la Resolución NAC-DGERCGC26-00000025 no modifica obligaciones tributarias de los contribuyentes, sino que establece un régimen de reserva sobre información relacionada con un sistema de trazabilidad fiscal. Su importancia radica en el impacto institucional que puede tener este tipo de mecanismos para fortalecer el control tributario, combatir mercados ilícitos y proteger información sensible vinculada con la seguridad del Estado.

Descargue aquí la Resolución NAC-DGERCGC26-00000025 del Servicio de Rentas Internas y revise el texto completo emitido por la Administración Tributaria: https://1drv.ms/b/c/44df274dfb8d41a4/IQDv1e3hprIUTKCi0EdwHJUcAVC029fREwrH_R35YKt4dRQ?e=6w0ss1

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