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Reforma al sistema de declaración y pago conjunto de obligaciones tributarias en línea

El Servicio de Rentas Internas, mediante la Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000016, reforma el régimen aplicable a la presentación de declaraciones tributarias a través de internet, originalmente regulado por la Resolución No. 1065.

La normativa base establece un sistema de declaración electrónica que genera un Comprobante Electrónico para Pago (CEP), a partir del cual el contribuyente debe proceder al cumplimiento de su obligación tributaria mediante los mecanismos de pago autorizados. En este contexto, la reforma introduce ajustes orientados a fortalecer la vinculación entre la declaración presentada y el pago efectivo del tributo.

¿A quién aplica?

La reforma tiene alcance general y aplica a todos los contribuyentes obligados a presentar sus declaraciones mediante el sistema electrónico del SRI, particularmente aquellos sujetos al cumplimiento periódico de obligaciones como el Impuesto al Valor Agregado.

No obstante, la propia resolución establece un tratamiento diferenciado temporal para exportadores de bienes y proveedores directos de exportadores que consten como activos en el catastro correspondiente del sistema de devolución de IVA, lo cual constituye una excepción específica introducida por la reforma.

Puntos clave:

  • Se refuerza el sistema de declaración electrónica como mecanismo obligatorio de cumplimiento tributario.
  • Se fortalece la relación operativa entre la presentación de la declaración y el pago de la obligación tributaria.
  • Se reduce el margen para la presentación de declaraciones sin pago asociado.
  • Se mantiene el uso del Comprobante Electrónico para Pago (CEP) como instrumento central del sistema.
  • Se incorpora un tratamiento diferenciado temporal para exportadores y sus proveedores directos.

¿Desde cuando aplica?

La Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000016 entra en vigor desde su publicación en el Registro Oficial.

Sin embargo, las disposiciones específicas relacionadas con la aplicación en materia de IVA serán exigibles para declaraciones presentadas a partir de junio de 2026, con las excepciones previstas para exportadores.

¿Qué obligaciones genera?

En términos prácticos, esta reforma implica un ajuste en la forma de cumplimiento de las obligaciones tributarias, generando para los contribuyentes la necesidad de:

  1. Asegurar que la presentación de sus declaraciones guarde coherencia con el pago efectivo del tributo correspondiente.
  2. Utilizar de manera obligatoria los canales electrónicos habilitados por el SRI tanto para la declaración como para el pago.
  3. Ajustar sus procesos internos para contar con la liquidez necesaria al momento de declarar.
  4. Verificar su condición dentro de regímenes especiales, en caso de aplicar a tratamientos diferenciados como el de exportadores.

Nuestro criterio:

Desde GSI consideramos que la Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000016 no modifica la estructura de la obligación tributaria, sino que introduce un ajuste relevante en su mecanismo de cumplimiento.

El sistema originalmente previsto en la Resolución No. 1065 permite la presentación de declaraciones y la posterior generación de un comprobante para su pago. La reforma, en cambio, fortalece la exigencia de coherencia entre ambos momentos, reduciendo espacios operativos que permitían diferir el cumplimiento efectivo de la obligación.

En este sentido, el cambio no es sustantivo en términos jurídicos, pero sí significativo en términos prácticos: desplaza el énfasis del cumplimiento hacia la inmediatez del pago, impactando directamente en la gestión de flujo de caja de los contribuyentes y en la planificación de sus obligaciones tributarias.

Descargue la Resolución aquí: https://1drv.ms/b/c/44df274dfb8d41a4/IQAZDhaNSV94SK2e0Gp3akTdAWrdfJGguKtybZ60XpjGSiM?e=oDNEQu

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