SENAE actualiza manual para ingreso y salida de mercancías en depósitos temporales

gsiteam

agosto 24, 2026

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador expidió la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0066-RE, mediante la cual se publica el procedimiento documentado SENAE-MEE-2-03-009-V5, denominado “Manual específico para el ingreso y salida de mercancías de importación de los depósitos temporales marítimos, aéreos y terrestres”.

La resolución deja sin efecto la versión anterior del manual, expedida en 2017, y establece que la nueva versión entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Este manual tiene como finalidad establecer las actividades que deben realizar los operadores de comercio exterior involucrados en el proceso de ingreso y salida de mercancías de importación en depósitos temporales. Su enfoque está en verificar el cumplimiento de las formalidades aduaneras, reglamentarias y de control exigidas para el destino aduanero correspondiente.

El documento está dirigido a depósitos temporales que prestan el servicio de almacenamiento temporal de mercancías, agentes de aduana y sus auxiliares, importadores, transportistas, técnicos operadores de Zona Primaria y demás servidores aduaneros vinculados al proceso. Su alcance comprende desde la verificación de formalidades hasta la salida de las mercancías por el último punto de control de los depósitos temporales y zonas de distribución.

Entre los principales aspectos regulados se encuentran el registro de ingreso de mercancías, la salida de mercancías, las correcciones de informes de ingreso y salida, el registro de novedades, la actualización del inventario en línea y el uso de documentos electrónicos como IMDT, SMDT, CIIS, RIDT e IMPADT.

El manual también precisa que la transmisión de registros de ingreso, correcciones, novedades y salidas puede realizarse a través del portal externo de Ecuapass o mediante el sistema informático propio del operador de almacenamiento, utilizando los servicios web habilitados para este fin.

Un punto relevante es que las solicitudes de corrección de registros de ingreso, salida o novedades no requerirán aprobación previa del SENAE, salvo cuando exista una Declaración Aduanera de Importación asociada. En ese caso, la corrección sí deberá contar con aprobación de la autoridad aduanera.

El manual incorpora además reglas operativas sobre ingresos y salidas parciales, finales o totales, carga al granel, novedades que generan inspección, diferencias de peso o cantidad, salidas operativas y la figura de “Salida Legal Justificada”, aplicable en casos específicos en los que existan inconvenientes atribuibles al sistema Ecuapass o una autorización formal de salida física mediante acto administrativo.

Desde una perspectiva práctica, esta actualización no constituye una nueva obligación tributaria ni una reforma de fondo al régimen aduanero. Su importancia radica en la actualización del procedimiento operativo que deben seguir los depósitos temporales y demás actores involucrados en la cadena logística de importación.

Para los operadores de comercio exterior, el nuevo manual exige revisar sus procesos internos de registro, control documental, transmisión electrónica, gestión de novedades, correcciones e inventario. El cumplimiento adecuado de estas reglas resulta clave para evitar observaciones, bloqueos operativos o eventuales sanciones asociadas al incumplimiento de formalidades aduaneras.

Desde GSI, consideramos que esta resolución debe ser analizada como una alerta de cumplimiento operativo aduanero. Aunque su contenido es procedimental, tiene impacto directo en la gestión diaria de depósitos temporales marítimos, aéreos y terrestres, así como en la coordinación con agentes de aduana, importadores, transportistas y autoridades de Zona Primaria.

Descargue aquí la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0066-RE y el manual específico SENAE-MEE-2-03-009-V5: https://1drv.ms/b/c/44df274dfb8d41a4/IQDV4UD6I1PASr1eSTdS655_AUAS5YU9XH9P0h6KmEvjjVE?e=hmOUy9

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