El Servicio de Rentas Internas emitió la Resolución NAC-DGERCGC26-00000020, mediante la cual derogó la Resolución NAC-DGERCGC26-00000012, normativa que regulaba los mecanismos de pago y recaudación de la denominada tasa por servicio aduanero por concepto de control aduanero aplicable a mercancías provenientes de Colombia.
La decisión constituye un nuevo paso dentro del proceso de eliminación de las medidas administrativas y tributarias que fueron implementadas para la aplicación de la controvertida tasa de control aduanero. Como se recordará, esta figura fue creada por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) como un mecanismo de control aplicable a determinadas mercancías originarias o provenientes de Colombia, generando importantes repercusiones en las relaciones comerciales entre ambos países.
En marzo de 2026, como consecuencia de la creación de la tasa, el SRI emitió la Resolución NAC-DGERCGC26-00000012 con el objetivo de regular los procedimientos de pago y recaudación del referido concepto. La normativa establecía aspectos operativos relacionados con el acceso a la plataforma de pagos, los medios habilitados para cancelar la obligación y los mecanismos de comunicación entre el SRI y el SENAE para verificar el cumplimiento del pago correspondiente.
Sin embargo, el escenario regulatorio cambió cuando el SENAE resolvió derogar la normativa que sustentaba la aplicación de la tasa de control aduanero. Frente a ello, el Servicio de Rentas Internas concluyó que resultaba necesario eliminar también las disposiciones emitidas para su administración y recaudación, toda vez que estas dependían directamente de la existencia de la obligación principal.
La resolución recientemente expedida dispone expresamente la derogatoria de la Resolución NAC-DGERCGC26-00000012, eliminando así el marco normativo que regulaba la operatividad de los pagos asociados a la tasa. No obstante, la Administración Tributaria estableció una disposición transitoria mediante la cual el servicio de pago continuará habilitado en el portal institucional del SRI hasta el 31 de agosto de 2026, con la finalidad de atender obligaciones pendientes generadas durante la vigencia de la medida. A partir del 1 de septiembre de 2026, cualquier pago relacionado con esta tasa deberá efectuarse a través del mecanismo que el SRI habilite para tal efecto.
Desde una perspectiva práctica, la resolución no incorpora nuevas obligaciones para los contribuyentes ni modifica reglas tributarias vigentes. Su principal efecto consiste en depurar el ordenamiento jurídico eliminando una normativa cuya existencia dependía de una tasa que ya no se encuentra vigente.
Desde GSI consideramos que la derogatoria resulta coherente con el principio de seguridad jurídica y con la necesidad de mantener consistencia dentro del ordenamiento tributario y aduanero. Una vez eliminada la tasa de control aduanero, carecía de sentido mantener vigentes las disposiciones emitidas para regular su recaudación. La resolución confirma el desmontaje progresivo de las medidas adoptadas en el contexto de las restricciones comerciales aplicadas a las mercancías provenientes de Colombia y evidencia el retorno a un escenario regulatorio más alineado con los principios de libre circulación comercial que rigen dentro de la Comunidad Andina.
Descarga aquí la Resolución NAC-DGERCGC26-00000020, mediante la cual el Servicio de Rentas Internas derogó la normativa que regulaba la recaudación de la tasa por servicio aduanero por concepto de control aduanero aplicable a mercancías provenientes de Colombia, en concordancia con la eliminación previa de dicha medida por parte del SENAE: https://1drv.ms/b/c/44df274dfb8d41a4/IQDkzMxkTFtjS7aTMuD8wP7fAfHxewSs8HOiCwnX6varwvA?e=wapgqn



