SENAE amplía plazo para implementar equipos EINI en depósitos temporales terrestres

gsiteam

julio 27, 2026

Mediante Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0057-RE, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador amplió el plazo para que los Depósitos Temporales Terrestres adquieran e implementen los Equipos de Inspección No Intrusiva, conocidos como EINI.

La medida se enmarca dentro del proceso de fortalecimiento del control aduanero mediante sistemas de alta tecnología de escaneo, utilizados para la revisión de mercancías, unidades de carga y medios de transporte. Estos equipos permiten realizar controles sin necesidad de abrir físicamente toda la carga, facilitando la identificación de riesgos, la verificación de mercancías y el cumplimiento de las obligaciones aduaneras.

Los depósitos temporales cumplen un rol relevante dentro de la cadena logística del comercio exterior, ya que son espacios autorizados donde las mercancías permanecen bajo control aduanero mientras se cumple el proceso correspondiente de ingreso, salida, despacho o movilización. Por ello, al ser puntos sensibles dentro de la operación aduanera, el SENAE ha previsto la implementación de equipos tecnológicos que fortalezcan los controles en dichas instalaciones.

La resolución recuerda que el control aduanero se aplica al ingreso, permanencia, traslado, circulación, almacenamiento y salida de mercancías, unidades de carga y medios de transporte desde y hacia el territorio nacional. En ese marco, los sistemas de alta tecnología de escaneo forman parte de las herramientas utilizadas por la autoridad aduanera para verificar la licitud, origen, naturaleza, cantidad, valor, peso, medida y clasificación arancelaria de las mercancías.

El punto central de la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0057-RE es que el SENAE amplía el plazo para que los Depósitos Temporales Terrestres adquieran e implementen los equipos EINI, conforme a las disposiciones que se expidan en una próxima reforma a la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2023-0057-RE. Dicha reforma deberá emitirse hasta el 30 de septiembre de 2026 y abordará, entre otros aspectos, los requisitos, cantidades y condiciones que deberán cumplir estos operadores de comercio exterior.

Este aspecto es importante porque la resolución no elimina la obligación de implementar los equipos de inspección no intrusiva. Lo que hace es reconocer la necesidad de revisar y ajustar las condiciones técnicas, operativas y legales aplicables a los Depósitos Temporales Terrestres, tomando en cuenta las justificaciones que han sido presentadas por estos operadores.

En consecuencia, la ampliación debe entenderse como una medida transitoria mientras el SENAE emite la reforma normativa correspondiente. Los operadores obligados deberán mantenerse atentos a los nuevos lineamientos, ya que estos definirán las condiciones bajo las cuales deberán cumplir con la implementación de los equipos EINI.

Desde una perspectiva operativa, esta resolución representa una oportunidad para que los Depósitos Temporales Terrestres revisen su situación actual, evalúen su capacidad técnica, organicen la documentación de respaldo y preparen las justificaciones que puedan resultar necesarias frente a la autoridad aduanera.

Desde GSI consideramos que esta resolución es relevante para el sector aduanero y logístico, porque confirma que la modernización del control aduanero mediante equipos de inspección no intrusiva continúa siendo una prioridad institucional. Sin embargo, también evidencia que la implementación de estas obligaciones requiere condiciones claras, técnicamente viables y ajustadas a la realidad operativa de los depósitos temporales terrestres.

En conclusión, la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0057-RE no suspende ni elimina la obligación de implementar equipos EINI. Su alcance principal es ampliar el plazo y abrir paso a una próxima reforma normativa que deberá definir los requisitos, cantidades y condiciones aplicables a los Depósitos Temporales Terrestres.

Los operadores de comercio exterior alcanzados por esta regulación deberán revisar oportunamente sus procesos internos y mantenerse atentos a la reforma que el SENAE deberá emitir hasta el 30 de septiembre de 2026.

Descargue aquí la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0057-RE: https://1drv.ms/b/c/44df274dfb8d41a4/IQDDwkoRadBISp0XH0FTxKMZAVjHcCJXwm8k9IBkdDBFOLw?e=fmm2YI

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